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Especial: El envejecimiento en Costa Rica

Cuando la palabra ''sinvergüenza'' se queda corta

La violencia patrimonial contra personas mayores es una de las formas de violencia más comunes, pero de las más difíciles de detectar. No existen estadísticas unificadas sobre la violencia hacia esta población
23 oct 2022Sociedad

Violencia patrimonial contra personas mayores

Hay un crecimiento sostenido de violencia contra la población mayor y así se registra en diferentes instancias como el Poder Judicial. Solo en los Juzgados de Violencia Doméstica se reportan 9 428 personas mayores que participaron como víctimas en diferentes procesos durante el año 2020.

Laura Rodríguez Rodríguez

Miles de personas en Costa Rica que ya superan los 65 años tienen que lidiar no solo con las dificultades propias de la edad, sino también con los abusos y maltratos de otra gente que, en no pocas ocasiones, son su propia familia.

La violencia patrimonial es una de las formas de maltrato más comunes contra esta población junto con la violencia psicológica y física. El abandono, la negligencia y la violencia sexual también son alarmantes.

El 38 % de las personas mayores que respondieron la Encuesta Nacional de Discapacidad del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) en el 2018 aseguró ser objeto de violencia verbal, mientras que el 15 % dijo experimentar violencia física. En total, el 43 % de las personas de 65 años o más reportaron en ese año haber sido víctimas de algún tipo de violencia. En el siguiente abordaje interactivo ampliamos más sobre esta problemática.

Haga clic sobre cada ícono para conocer los desafíos y los aportes UCR en torno al tema

Desafío Aporte Historias de Maltrato

Don Ricardo ya había pasado el umbral de los 65 años hacía rato. Su pensión de ¢130 000 colones apenas le alcanzaba para pagar el estrecho cuarto que alquilaba en San José y para comprar los pocos alimentos que debían rendirle para todo el mes. Ahí vivía solo, excepto por las fieles cucarachas que nunca lo dejaban dormir tranquilo.

Por eso, cuando pasó una vendedora de productos para controlar plagas, no lo pensó dos veces para redirigir el dinero del atún a un matacucarachas. Realizada la compra, la mujer volvió a tocar su puerta minutos después, nada más y nada menos que para ofrecerle matrimonio a don Ricardo. El hombre no podía creer el doble milagro que estaba experimentando en aquel momento: no solo se iba a librar de los molestos insectos, sino que podía irse olvidando de la terrible soledad que agobiaba su existencia.

LEA: Salud mental para las personas adultas mayores: una aspiración con muchos retos

Y como en edades avanzadas el hoy ya es tarde, tan solo una semana después el matrimonio se estaba consumando y don Ricardo se estaba yendo a vivir con su flamante esposa. La sorpresa se la llevó este adulto mayor tan solo cuatro días después, cuando otro hombre llegó a la casa asegurando ser el verdadero esposo y, acto seguido, lo echó de la vivienda. Pocos días después, don Ricardo recibió la notificación del Juzgado de Pensiones Alimentarias, donde la mujer le exigía una pensión de ¢100 000 colones.

Al igual que don Ricardo, doña Ángela, otra adulta mayor, también recibió una visita inesperada en su casa en Aserrí. Un hombre le ofreció comprarle su humilde vivienda en ¢11 000 000 (once millones de colones), cantidad que a aquella adulta mayor le pareció exorbitante. No pasó mucho tiempo para que el comprador apareciera con un notario y con una escritura que estipulaba el pago de un millón de colones iniciales y los diez millones restantes en tractos posteriores. Doña Ángela firmó el documento, pero nunca vio el dinero. Lo único que vio fue cómo su única posesión en la vida pasaba a manos de un desconocido.

Pero el despojo y el aprovechamiento de la población mayor no es un tema relacionado solo con la pobreza. De ello fue testigo el personal del Hospital Nacional de Geriatría y Gerontología Raúl Blanco Cervantes (HNGG) hace unos diez años, cuando recibieron a don Guido, un adulto mayor con múltiples propiedades, vehículos y una buena pensión, producto de muchos años de trabajo profesional. Durante su hospitalización fue muy llamativa la visita que le hizo un famoso jugador de la Selección Nacional de Fútbol para que le firmara un cheque por varios millones de colones.

Este hecho despertó la alarma del equipo de atención hospitalaria, el cual descubrió que el jugador apenas era una pieza de un grupo de “cuidadoras” de don Guido, quienes se estaban adueñando de todos sus bienes. Gracias a la intervención del hospital, un juez nombró a una familiar como administradora de sus bienes, el saqueo se detuvo y, al morir, don Guido pudo tener un entierro digno.

Aunque estos tres casos de violencia patrimonial fueron ejecutados por personas desconocidas para las víctimas, lo más frecuente es que los mismos familiares y allegados sean los que despojen de sus bienes a las personas mayores, quienes no se animan a denunciar los hechos por su condición de dependencia o porque no conocen el procedimiento para hacerlo o, simplemente, porque no quieren entrar en conflicto con sus seres queridos. Esta realidad convierte a la violencia patrimonial en una de las más difíciles de detectar entre la población de mayor edad.

Para Andrea Monge García, coordinadora de la línea del servicio de orientación sociolegal de la Asociación Gerontológica Costarricense (Ageco), esta problemática está vinculada a una visión edadista de que las personas mayores requieren siempre protección y acompañamiento. “Esto hace que no se identifique tan fácilmente cuando es una situación de violencia patrimonial, porque se argumenta que, más bien, la persona mayor debe agradecer que se le está ayudando a administrar el dinero; o dele gracias que es un hijo o una hija presente y no que usted tiene que pasar en soledad”, señaló Monge.

Anahí Fajardo Torres, coordinadora del proyecto Defensa Pública de la Persona Adulta Mayor de la Universidad de Costa Rica (UCR), confirma que este es uno de los temas más consultados en el servicio que se ofrece a la población mayor, tanto de forma presencial como por teléfono y correo electrónico. “Les quitan la pensión, se apoderan de la casa, hipotecan las propiedades del adulto mayor o se van donde un notario público y ponen al adulto mayor a firmar; cuando el adulto mayor se da cuenta, ya no tiene nada”, resumió Fajardo.

Sin embargo, la violencia patrimonial no es la única que se ejerce contra la población mayor. El 38 % de las personas mayores que respondieron la Encuesta Nacional de Discapacidad del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) en el 2018 aseguró ser objeto de violencia verbal, mientras que el 15 % dijo experimentar violencia física. En total, el 43 % de las personas de 65 años o más reportaron en ese año haber sido víctimas de algún tipo de violencia.

El HNGG registró un aumento de 160 % en las atenciones relacionadas con negligencia y abandono en su servicio de consulta externa en el año 2020 en relación con el año 2019, mientras que en el 2021 ese crecimiento fue del 74 % en comparación con los datos prepandemia. En un estudio longitudinal que abarcó del año 2008 al 2018, este Hospital atendió un promedio de 994 casos anuales relacionados con violencia o maltrato. De ellos, el 60 % corresponde a mujeres y el 40 % a hombres.

Este crecimiento sostenido de violencia contra la población mayor también se registra en el Poder Judicial, donde solo en los Juzgados de Violencia Doméstica se reportan 9 428 personas mayores que participaron como víctimas en diferentes procesos durante el año 2020; 2 047 casos más que en el año 2017. Por su parte, Ageco reporta 283 casos atendidos en su servicio de orientación sociolegal entre enero y junio del 2022. El principal tema de consulta es la violencia física, psicológica y sexual, seguido por el abuso institucional y la salud.

Por su parte, la Defensa Jurídica de la Persona Adulta Mayor de la UCR reporta un aumento constante en la cantidad de procesos en los que ha brindado patrocinio letrado desde su apertura en el año 2016, cuando se atendieron 22 casos, mientras que hasta julio de este año se han acogido 537. De ellos, una buena parte están relacionados con temas de abuso y violencia.

De acuerdo con información suministrada por Norbel Román Garita, presidente de la Junta Rectora del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (Conapam), las consultas al centro de llamadas de la institución conocido como Línea dorada se incrementaron mes a mes, pasando de 158 en marzo a 764 en julio. De ellas, Román asegura que el 40 % corresponden a temas asociados con alguna manifestación de abuso.

No obstante, Román reconoce que el país no cuenta con estadísticas unificadas sobre el fenómeno de la violencia hacia la población mayor, sino que cada institución pública o iniciativa privada lleva sus propios registros. Esto podría estar dejando en el olvido muchos casos, mientras que otros podrían estarse duplicando en diferentes plataformas. En este sentido, el presidente del Conapam considera urgente estandarizar los datos y hacer un observatorio de la persona mayor, un propósito del que se ha hablado desde la década de los años setenta, pero que no se ha concretado, de acuerdo con Jeannette Martínez Muñoz, jefa de Trabajo Social del HNGG y quien ha laborado por más de 30 años para la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

Martínez explica que, en el caso del HNGG, no se contabiliza la violencia patrimonial porque no se trata de un diagnóstico que pertenezca a una condición de salud psicosocial. Sin embargo, sí la toman en consideración a la hora de hacer la valoración integral de un paciente, como fue el caso de don Guido. De acuerdo con el estudio longitudinal que realizaron, el tipo de violencia más frecuente fue la psicológica, seguida por la negligencia, el abandono, la física y la sexual. Esta última es, a su juicio, la que más cuesta detectar. Aun así, en la década analizada se registraron 34 casos y en lo que llevamos del 2022 ya se suman cuatro.

“Los adultos mayores no tienen una figura real y efectiva de cuido. El cuido recae, generalmente, en la persona que se quedó en la casa, en la persona que no tiene las condiciones para ser cuidadora, porque no todos somos cuidadores. El hecho de ser un hijo y querer mucho a su papá o a su mamá no significa que yo soy una cuidadora efectiva, tengo compromiso de cuido, pero no soy una cuidadora efectiva. Todos esos factores determinan que haya negligencia, abandono, violencia física, psicológica, patrimonial, porque muchas veces el cuidador depende de la pensión de Régimen No Contributivo del adulto mayor para satisfacer sus necesidades y las de sus hijos, entonces la prioridad ya no va a ser el adulto mayor, sino ella y sus hijos. Eso deteriora las condiciones de cuido y podríamos estar incurriendo en una situación de negligencia y abandono. Todos los factores están vinculados”, apuntó Martínez.

“Maltrato: acción u omisión, única o repetida, contra una persona mayor que produce daño a su integridad física, psíquica y moral y que vulnera el goce o ejercicio de sus derechos humanos y libertades fundamentales, independientemente de que ocurra en una relación de confianza”.

Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, OEA, 2015, Art. 2.

 

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Ante esta realidad, la UCR creó, en convenio con el Conapam, el proyecto Defensa Jurídica de la Persona Adulta Mayor de la UCR, el cual atiende consultas en el primer piso del edificio de la Facultad de Derecho, así como por teléfono y correo electrónico. Según Gisella Valverde Brenes, abogada del proyecto, en una sola mañana pueden atenderse más de 15 personas de forma presencial y se han recibido consultas de gente que supera los 95 años de edad.

Ahí fue donde llegó don Ricardo, el adulto mayor con el que se inició este artículo. Gracias al acompañamiento del proyecto universitario, este señor logró demostrar que había sido objeto de un ardid y que no estaba obligado a pagar una pensión alimentaria a una mujer que, a todas luces, lo había engañado aprovechándose de su vulnerabilidad.

Consultado por los motivos que lo llevaron a creer ciegamente en una desconocida que le ofreció matrimonio, don Ricardo dijo: “La soledad es muy traicionera. Cuando usted está solo, usted se agarra, como si fuera un náufrago, de lo sea para tener compañía; y desde hace mucho tiempo no tengo contacto con mis hijos.”

“Esta es la importancia de este tipo de proyectos; poder darle acompañamiento, asesoría en la medida que nosotros podamos a este grupo tan solo y tan vulnerable. […] Actualmente, estamos en las instalaciones de la Facultad de Derecho de la UCR. Tenemos un espacio totalmente acondicionado y adecuado para la persona adulta mayor. Estamos en proceso de regionalización, pronto una compañera estará atendiendo directamente en las oficinas de Conapam y existe el proyecto de regionalizar a muy corto plazo en Cartago y en Alajuela”, adelantó Valverde.

Floribeth Paniagua Saravia es una abogada que recientemente se unió al proyecto. En escasos cuatro meses ya ha atendido varios casos de maltrato y violencia. Según dice, un gran porcentaje de las consultas se realizan por vía telefónica y tienen que ver con violencia verbal, psicológica, física y patrimonial.

“Hay de todo. Hay personas que saben explicarle a uno muy bien la situación, cómo se dio la situación, lo tienen muy claro; mientras que hay personas que les cuesta mucho expresarse. También vienen personas que ya su capacidad cognitiva no está al 100 % y uno lo nota cuando manifiestan que no recuerdan las cosas. Eso los torna más vulnerables, porque cómo la familia va a interponer una denuncia por violencia patrimonial si la persona que va a declarar no sabe lo que va a declarar o no lo tiene claro, que tal vez fue la persona que firmó. Creo que la gente también se aprovecha de eso, porque es un caso que prácticamente no va a caminar a nivel penal porque la persona a la que se le practicó la violencia ya no tiene la capacidad para defenderse o no tiene la capacidad para explicar o recordar qué fue lo que se dio en ese momento”, relató Paniagua.

Además del acompañamiento y asesoría jurídica que se le brinda a la población mayor víctima de maltrato y violencia, la UCR también publica periódicamente el Informe estado de situación de la persona adulta mayor en Costa Rica, un esfuerzo entre el Centro Centroamericano de Población, el Programa Institucional para la Persona Adulta y Adulta Mayor (PIAM) y el Conapam, el cual expone, entre muchos temas, los abusos y malos tratos hacia las personas mayores, e incluye una recopilación de los datos estadísticos de las distintas organizaciones que trabajan el tema de la violencia en este sector poblacional.

Más allá de la UCR, ¿qué se puede hacer?

“Como Caja Costarricense de Seguro Social hemos hecho propuestas al Conapam de articular esfuerzos y no constituirse en una isla; articular los recursos institucionales para resolver las necesidades de atención de las personas víctimas de violencia. El asunto es que cada organización que surge lo hace sin recursos y cuando se le reasignan recursos no son redistribuidos según la necesidades reales y efectivas de la población, sino están siendo asignados en el marco de un programa de gobierno que no tiene impacto, entonces son subutilizados, subejecutados. Cuando les quitan recursos a los programas sociales en materia de adulto mayor se siente como que los están cercenando y es que los hemos utilizado mal porque no hay una vasta fundamentación de esa distribución de recursos.”

Jeannette Martínez Muñoz, jefa de Trabajo Social del HNGG

“La ruta que yo estimo factible en este momento, siendo que el Conapam no tiene oficinas (solo tiene una localizada en el Gran Área Metropolitana), la vía es el desarrollo del proyecto Ciudades Amigables, que actualmente estamos con 29 gobiernos locales. La ruta es la Oficina de la Persona Adulta Mayor que está estipulada por ley. Eso quedó en la Ley Municipal como una condición de consideración. La Ley Municipal indica que es posible y se invita y se estimula a crear la Oficina del Adulto Mayor en cada municipalidad”.

“Siendo que no tengo oficinas en regiones, siendo que eso está difícil presupuestariamente en este momento, podemos acudir al tema de Ciudad Amigable y la construcción de 84 Oficinas de Persona Adulta Mayor. Hay una ley que lo ampara. La ruta es que las municipalidades tengan personal profesional atendiendo esas oficinas para labores de contención, de apoyo, de recibir denuncias y de construcción de este mapa nacional”.

Norbel Román Garita, presidente de la Junta Rectora del Conapam

“Primero, identificarnos en un trabajo en red (todas las organizaciones que trabajan con la población mayor), y yo consideraría que en el tema de violencia hay una labor bien importante en el Conapam, como rectoría, de promover que se generen estas redes, en su labor de dar seguimiento a estos temas, pero además de la posibilidad y capacidad de convocatoria que tendría desde el ente rector. Un poco como sucede con el PANI, en donde están centralizadas las instancias de atención, por ejemplo, en las Divisiones de Atención Integral, y que las otras fundaciones que podrían administrar algunas líneas telefónicas, todas recaen en esta Dirección de Atención Integral”.

Andrea Monge García, coordinadora de la línea del servicio de orientación sociolegal de la Asociación Gerontológica Costarricense (Ageco)

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Violencia contra las personas mayores: ¿usted defiende, agrede o es cómplice?

No es necesario maltratar de palabra a una persona mayor o robarle sus bienes para incurrir en un atropello a sus derechos fundamentales. Hay muchas actitudes cotidianas con las que usted y yo podríamos estar contribuyendo a violentar a esta población.

Un trabajo de investigación de la Universidad de Costa Rica hace un estudio de la protección de las personas mayores en la jurisprudencia de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, entidad que ha amparado a gran cantidad de personas mayores a partir del artículo 51 de la Constitución Política de Costa Rica, el cual reza de la siguiente manera:

“La familia, como elemento natural y fundamento de la sociedad, tiene derecho a la protección del Estado. Igualmente tendrán derecho a esa protección la madre, el niño, el anciano y el enfermo desvalido”.

Además de este numeral emitido hace casi 75 años, la Sala se apoya en una numerosa normativa nacional e internacional que se ha creado para proteger a la población de más edad. Sobresale la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, instrumento pionero en el mundo en la tutela de los derechos de esta comunidad.

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Haideer Miranda Bonilla, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas, es quien está a cargo del estudio. Explica que el objetivo es analizar la protección que han recibido las personas mayores en el ámbito del derecho constitucional para crear una mayor conciencia sobre la importancia de respetar sus derechos en el día a día. Para ello, ha hecho una selección de los casos más relevantes en la jurisprudencia de la Sala Constitucional.

La resolución de estos expedientes nos puede ayudar a responder si defendemos o agredimos a esta población o nos convertimos en cómplices de la violencia en su contra. Para ello, a continuación, se exponen casos ficticios, pero muy cotidianos, acompañados de las observaciones que el investigador Miranda ha hecho de algunos casos reales que ha amparado la Sala Constitucional.

La caja del supermercado

Con 37 años, Patricia acaba de usar la caja exclusiva para personas mayores en el supermercado porque la vio vacía. Inmediatamente, la siguió un colegial, una joven profesional y un padre de familia. Detrás de este grupo se colocó doña María, una señora de 73 años. Todos la vieron, pero no se movieron de su lugar y guardaron silencio.

La investigación de Miranda corrobora que la jurisdicción constitucional determina que la ventanilla para atención de adultos mayores es solo para trámites personales de esta población.

El asiento del bus

A pesar de que don Julián aparenta menos de sus 78 años, ya no le es tan fácil viajar de pie en el bus. Si bien existe la normativa que obliga a garantizar asientos a esta población en el transporte público, don Julián se ha tenido que acostumbrar a ir guindando de la varilla, mientras que hombres y mujeres mucho más jóvenes viajan sentados, algunos absortos en su celular, otros mirando por la ventana y otros más haciéndose los dormidos.

Miranda señala en su trabajo que “las empresas deben garantizar que en los buses existan una serie de asientos destinados a personas adultas mayores o con alguna discapacidad. En este sentido, la Sala Constitucional ha determinado que ‘(…) cuando el asiento destinado a las personas con alguna discapacidad estaba siendo usado por una persona en plenas facultades físicas, esto afecta no solo la dignidad del recurrente sino también repercute directamente sobre la eficiente prestación del servicio’ (Sentencia número 2004-13969)”.

El emprendimiento no inclusivo

Ana y Jorge acaban de iniciar con un pequeño negocio y les va muy bien. La clientela no para de llegar y ya se ha corrido la voz de que su comida es exquisita. Sin embargo, el acceso al local no cuenta con rampa y los baños son muy estrechos.

El estudio de Miranda destaca que “se han estimado gran cantidad de recursos de amparo interpuestos por personas adultas mayores o a su favor por la ausencia o el mal de estado de aceras, calles nacionales o cantonales, rampas de acceso, falta de ascensores y servicios sanitarios en edificaciones tanto públicas como privadas que cumplan con las condiciones accesibilidad que determina en tal sentido esta ley”.

El pasaje del bus

Don Omar está disfrutando de su jubilación y se ha propuesto visitar todos los rincones del país ahora que tiene tiempo. Él sabe que, como adulto mayor, no tiene que pagar el pasaje de autobús en las líneas que hacen recorridos cortos y recibe un descuento especial en las demás. Sin embargo, un día el conductor de una unidad le exigió el pago completo, a pesar de que don Omar le mostró su cédula de identidad.

El estudio de Miranda destaca la sentencia 2009-19050, en la que “se declaró con lugar un recurso, pues demostró que el chofer del autobús de la empresa exigió al recurrente el pago en efectivo del viaje, sin considerar que se trataba de una persona adulta mayor debidamente acreditada. Con fundamento en lo anterior se ordenó al gerente general de la empresa hacer cumplir los beneficios establecidos en la Ley Integral de la Persona Adulta Mayor. El derecho de viajar sin costo fue extendido en la sentencia número 2009-15666 al servicio de trenes y en el voto número 2013-7266 al servicio de ferri”.

El préstamo

Doña Sofía siempre añoró tener su casa propia, pero enfrentar sola la crianza de 4 hijos le imposibilitó hacer un ahorro o pedir un crédito que le permitiera concretar su sueño. Ahora, cerca de sus 70 años y sin mayores obligaciones económicas, se acercó a una institución financiera a pedir un préstamo para compra de vivienda. Sin embargo, la institución le rechazó su solicitud porque, por su edad, ninguna entidad aseguradora respaldaría su deuda.

Al respecto, Miranda resalta en su estudio la sentencia número 2015-10515, la cual “declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto por una persona adulta mayor por la actuación de las autoridades de la Caja Costarricense de Seguro Social al exigir una póliza de vida de protección crediticia, requisito fundamental para que le otorgaran un crédito hipotecario. En la motivación de la sentencia se cita una serie de considerandos sobre el Estado social de derecho, la especial tutela de las personas adultas mayores, así como normativa de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Además, realizó un considerando sobre la importancia del acceso al crédito como forma de promover la integridad de la población adulta”.

El carro en la acera

Wálter es un joven profesional tan ocupado que no tiene tiempo ni para guardar su carro en la cochera de su casa cuando llega a almorzar. Entonces deja su vehículo estacionado sobre la acera para evitar que otros carros lo golpeen. “De por sí es solo por una hora”, se autojustifica. Sin embargo, a esa hora doña Juanita, con sus 67 años a cuestas, sale en su silla de ruedas a dar una vuelta por el barrio y el carro de Wálter se convierte en un obstáculo insalvable.

El estudio de Miranda recuerda que “en reiterados pronunciamientos, la Sala Constitucional ha señalado el deber de las autoridades estatales e incluso de sujetos de derecho privado de cumplir con los requerimientos establecidos en la Ley de Igualdad para las Personas con Discapacidad (Ley No. 7600), en la cual se pretendió eliminar una serie de barreras que impedían a las personas que sufren algún grado de discapacidad, participar en forma plena en la sociedad costarricense, y así, garantizar lo dispuesto por el artículo 33 de la Constitución Política y la Convención Americana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad [sic]”.

  “Es fundamental la valorización de la importancia de los adultos mayores en una sociedad que debe aspirar a ser menos individualista y más inclusiva, por medio de la toma de conciencia y la educación en valores a nivel familiar y en el proceso educativo. Las respuestas de protección no deben venir de las sentencias de los tribunales o cortes constitucionales, o de resoluciones jurisdiccionales o por parte de las instituciones del Estado, sino que se debe empezar en la propia familia, la cual debe brindarles cariño y respetar su dignidad humana, así como sus derechos fundamentales”.

Haideer Miranda Bonilla, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas 

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Atención en la Defensa Jurídica de la Persona Adulta Mayor
La Defensa Jurídica de la Persona Adulta Mayor, de la UCR, llega a atender hasta 15 casos diarios en sus instalaciones en el primer piso de la Facultad de Derecho. En la imagen, Floribeth Paniagua Saravia, abogada del proyecto, en plena atención. Laura Rodríguez Rodríguez
Adulta mayor en silla de ruedas y un carro obstruyendo una rampa

El Ministerio de Obras Públicas y Transportes desarrolló una campaña para tomar conciencia del maltrato que pueden ocasionar algunas de nuestras acciones cotidianas. Imagen tomada del Facebook del MOPT.

Fernando Montero Bolaños
Fernando Montero Bolaños
Periodista, Oficina de Divulgación e Información
fernando.mocgaknterobolanos  @ucribcl.ac.cr

Comentarios:

1
  • isabel Garita Jimenez 2022-11-11 23:11:45
    Exelente informacion, mucho que aprender y aportar, gracias por la informacion

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