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Ana Lorena Ávalos Monge
Ana Lorena Ávalos Monge, coordinadora del Núcleo de Asistencia Fiscal. Laura Rodríguez Rodríguez
Por Ana Lorena Ávalos Monge

Voz experta: Consejos para completar su primera declaración del IVA

15 feb 2022Economía

Es normal que, al ver las noticias, constantemente hablen del índice de precios, el costo de la vida y los impuestos. Estos son tres conceptos económicos que se reflejan en nuestro día a día, pero que no siempre tenemos presentes desde el punto de vista lógico, sino desde una perspectiva más emocional.

Sin embargo, cuando una persona toma la decisión de emprender o hacerse cargo de una actividad económica por su cuenta, tiene que mantener la cabeza fría para analizar lo que más le conviene, a pesar de las primeras impresiones que pueda sentir.

Hablemos del impuesto más frecuente y conocido en nuestro país: el Impuesto al Valor Agregado, más conocido como IVA.

Cuando los contribuyentes – y esto incluye tanto a emprendedores como a grandes empresas – venden bienes y servicios a otras personas o empresas, deben emitir un comprobante electrónico en el cual se incluye un porcentaje adicional de impuesto al valor de cada producto. Esto incrementa el valor total de la factura en un determinado porcentaje. Quien realiza la compra debe pagar tanto el costo de lo que adquirió como el monto del IVA.

Cada mes, los contribuyentes tienen la obligación de reportar al Ministerio de Hacienda cuánto cobraron de impuestos a terceras personas, a través de una declaración jurada que se realiza con el formulario D-104-2 en el portal electrónico llamado Administración Tributaria Virtual (ATV). El plazo para presentar la declaración y cancelar el monto correspondiente es dentro de los primeros quince días naturales del mes siguiente a cuando se realizaron las ventas. Cabe destacar que, aunque no se hayan realizado ventas o compras en el mes, siempre se debe presentar la declaración.

A menos que usted tenga conocimientos en adminsitración y/o contabilidad, o que alguien le haga el favor de asesorarle, es muy probable que si es emprendedor o trabajador independiente deba completar el formulario por su propia cuenta. Esto puede parecer confuso y generar emociones negativas. A pesar de esto, si mantiene en orden su contabilidad y realiza la declaración con detenimiento, el procedimiento le resultará sencillo.

Algunos consejos que le pueden facilitar este proceso son los siguientes:

  1. Las hojas de cálculo serán sus mejores aliadas. Puede usar una opción de pago como Excel, un software libre o un servicio gratuito en la nube. Le recomendamos crear una plantilla o descargar una de internet, en la cual pueda registrar sus ingresos y gastos mensuales con los montos del IVA correspondientes. Esto le facilitará los cálculos de montos que requiere el formulario.
  2. Tenga a mano los ingresos percibidos durante el mes, según la actividad económica y la tarifa del impuesto. Calcule este monto con cuidado, pues este será su débito fiscal. En caso de que haya inscrito dos actividades económicas ante el Ministerio de Hacienda, debe hacer este cálculo para cada una de las actividades.

Ingresos del periodo del periodo (suponiendo una única tarifa al 13 %)

Producto

Monto de la venta

Monto del impuesto

Total

Producto 1

100

1

101

Producto 2

100

2

102

Producto 3

100

4

104

Producto 4

100

13

113

Total

400

20

420

  1. Asimismo, debe contar con el monto de las compras realizadas en el mes que esté relacionado con su actividad económica. Estas compras deben estar debidamente respaldas por un comprobante electrónico, por lo que es importante que conserve las facturas. Este será su crédito fiscal. En caso de que haya inscrito dos actividades económicas ante el Ministerio de Hacienda, debe hacer este cálculo para cada una de las actividades.

Compras del periodo

Tarifa

Subtotal

Monto del impuesto

Total

1 %

50

0,5

50,5

2 %

50

1

51

4 %

50

2

52

13 %

50

6,5

56,5

Total

200

10

210

  1. La diferencia que resulte del débito y el crédito fiscal corresponde al impuesto a pagar. En esta ocasión, si tiene inscritas dos actividades económicas ante el Ministerio de Hacienda, debe hacer el cálculo contemplando el monto total de débito fiscal y el monto total de crédito fiscal.

Suma de sus ingresos percibidos durante el mes, según la actividad económica

-

Suma de las compras realizadas durante el mes, asociadas a su actividad econónomica

=

Impuesto a pagar

Débito fiscal

Crédito fiscal


Por ejemplo, si su débito fiscal es de 20.000 colones y su crédito fiscal de 10.000 colones, solamente deberá pagar 10.000 colones de impuesto. Puede cancelarlo en cualquier plataforma bancaria digital, o en los canales dispuestos por el Ministerio de Hacienda para ello.

En caso de que los créditos sean mayores, tendrá un saldo a favor que podrá compensar en la siguiente declaración. El sistema del Ministerio de Hacienda no guarda este saldo a favor, por lo que es importante que lo registre en un lugar accesible para cuando haga su siguiente declaración.

Una vez que haya pagado los impuestos, así como los costos operativos de su negocio o actividad económica, puede ser que se desanime con el monto libre que le quedó. Pero, ¿qué pasa con los impuestos que pagó y en qué beneficia a la sociedad?

Con su aporte al sistema tributario, está contribuyendo al desarrollo solidario del país. Al recaudar mayores ingresos, se pueden realizar inversiones para mejorar los servicios públicos. Se amplía la cobertura de los programas que combaten la pobreza. Además, se reduce el déficit fiscal, por lo que el país no debe endeudarse y esto alivia las finanzas del Gobierno. Todas estas acciones, en su conjunto, ayudan a dinamizar la economía como un todo y hacen más estable la situación financiera del país, lo cual permite generar mayores beneficios y oportunidades para los emprendedores. Es decir, ¡usted también sale ganando!

Sin embargo, es importante reconocer cuando se necesita ayuda. En el Núcleo de Asistencia Fiscal ofrecemos un servicio gratuito a aquellos emprendedores que necesiten asesoría en sus obligaciones tributarias. No dude en contactarnos y agendar su cita al correo naf.egyvman.ucr  @gmailrndt.com o al teléfono 2511 3404, para que juntos hagamos este proceso más llevadero. En conjunto, apoyemos a las finanzas públicas de nuestro país.

Colaboró con esta información Annemarie Mendiboure, estudiante colaboradora del Núcleo de Asistencia Fiscal. Este es un Trabajo Comunal Universitario conformado por estudiantes avanzados de la carrera de Contaduría Pública de la Escuela de Administración de Negocios de la UCR.

 


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Ana Lorena Ávalos Monge
Coordinadora del Núcleo de Asistencia Fiscal de la Carrera de Contaduría Pública
analorenbrdxa.avalos  @gmailurgr.com

Comentarios:

1
  • Diego Suazo 2024-01-02 20:52:03
    Gracias por la información, excelente artícul.
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