Saltar Navegación
Nicolas Boeglin Naumovic, profesor de Derecho Internacional Público de la Facultad de Derecho, …

Nicolas Boeglin Naumovic, profesor de Derecho Internacional Público de la Facultad de Derecho

Foto: Laura Rodríguez Rodríguez.
Gandoca-Manzanillo

Voz experta: Las obligaciones jurídicas de la Convención Ramsar

El intento de reducir los límites pareciera responder a alguna ocurrente idea de las autoridades: una de tantas dentro del “affaire Gandoca” desde la denuncia por tala de árboles acaecida meses atrás
23 sept 2024Sociedad

En medio de la polémica que ha causado la tala de árboles en Gandoca-Manzanillo, causada en gran parte por la extraña actitud de las máximas autoridades ambientales, una reciente información señala que estas mismas autoridades buscan revisar a la baja la extensión del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, inscrito como sitio Ramsar (véase nota de prensa publicado en el medio digital Delfino.cr del 10/09/2024). En esta otra nota del Semanario Universidad se hace ver que una funcionaria advirtió, desde el mes de agosto, sobre el intento de cambiar los límites de este sitio Ramsar (véase nota), antes de ser "reubicada".

La posibilidad de modificar los límites de un sitio Ramsar

Como bien se sabe, Costa Rica es Estado parte de la Convención relativa a los humedales de importancia internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas (más conocida como Convención Ramsar) desde 1992: véase texto de dicha convención, y estado oficial de firmas y ratificaciones, con 168 Estados partes. El Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo fue inscrito como sitio Ramsar en 1995 (véase enlace).

¿Puede un Estado modificar los límites de un sitio Ramsar en aras de reducir su extensión? El artículo 4 de la Convención establece que:

"2. Cuando una Parte Contratante, por motivos urgentes de interés nacional, retire de la Lista o reduzca los límites de un humedal incluido en ella, deberá compensar en la medida de lo posible, la pérdida de recursos de humedales y, en particular, crear nuevas reservas naturales para las aves acuáticas y para la protección de una porción adecuada de su hábitat original, en la misma región o en otro lugar".

No existe ningún motivo de urgencia actualmente en Costa Rica que justifique reducir los límites de un sitio Ramsar como lo es el sitio de Gandoca-Manzanillo.

Si las jurisdicciones nacionales costarricenses han emplazado a las autoridades ambientales a cumplir con lo que se les ha ordenado desde el 2019 (véase nota de prensa de Elmundocr del 10/09/2024 sobre sentencia de la Sala Constitucional por desobediencia), ello en nada puede equivaler a una situación de excepción.

El intento de reducir los límites pareciera responder a alguna ocurrente idea de las autoridades: una de tantas dentro del “affaire Gandoca” desde la denuncia por tala de árboles acaecida meses atrás.

Daños a un sitio Ramsar en Costa Rica: un precedente no tan lejano

Resulta sorprendente que las actuales autoridades de Costa Rica busquen limitar el alcance de las obligaciones contraídas en la Convención Ramsar.  Más aún si se trae a la memoria que Costa Rica insistió de manera notoria sobre la extrema fragilidad de los sitios Ramsar ante la misma Corte Internacional de Justicia (CIJ) con ocasión de la incursión ilegal en el 2010 de Nicaragua en Isla Portillos, ubicada dentro del Refugio Caribe Noreste (también sitio Ramsar).

Al respecto, la revisión de los alegatos de Costa Rica ante la justicia internacional sobre la importancia que representan los sitios Ramsar para Costa Rica ameritaría una urgente lectura (y si fuese necesario, ... relectura) por parte de las actuales autoridades costarricenses.

Cabe recordar que Costa Rica, debido a las características propias y al valor que significa poseer un sitio Ramsar, cuantificó en 6,7 millones de dólares el monto del daño ambiental causado por Nicaragua en esta parte extrema del territorio costarricense en el 2010 ante los jueces de la CIJ: este monto se obtuvo a partir de una metodología perfectamente aplicable a los demás sitios Ramsar en Costa Rica. En la decisión de la CIJ sobre el monto indemnizatorio por daño ambiental entre Costa Rica y Nicaragua de febrero del 2018 (véase texto) se lee que:

"45. In the present case, the methodology that Costa Rica considers most appropriate, which it terms the “ecosystem services approach” (or “environmental services framework”), follows the recommendations of an expert report commissioned from Fundación Neotrópica, a Costa Rican non-governmental organization. Costa Rica claims that the valuation of environmental damage pursuant to an ecosystem services approach is well recognized internationally, up-to-date, and is also appropriate for the wetland protected under the Ramsar Convention that Nicaragua has harmed".

Esta metodología oficializada por Costa Rica ante la CIJ como válida debiera de poder aplicarse a otros casos en los que se deba proceder a una evaluación del daño ambiental dentro del territorio costarricense. Más aún, cuando se trata de un humedal de importancia mundial inscrito como sitio Ramsar: es precisamente lo que se puede verificar en esta publicación del mismo SINAC del 2017, titulada precisamente "Valoración de los servicios ecosistémicos que ofrecen siete de los humedales protegidos de importancia internacional en Costa Rica: Palo Verde, Caribe Noreste, Caño Negro, Gandoca Manzanillo, Maquenque, Térraba Sierpe y Las Baulas"(véase texto).

Intimidación y amenazas a ecologistas en el Caribe Sur

En esta entrevista publicada en el sitio de la Universidad de Costa Rica (UCR) en el 2021 (véase entrevista completa), la reconocida autora Ana Cristina Rossi recordaba que:

"Estuve en Holanda de 1995 al 2000 y me fui porque yo sabía que me iban a matar. A finales de 1994 habían matado a María del Mar Cordero, a Óscar Fallas Baldí, a Jaime Bustamante y a David Maradiaga, los 4 compañeros de AECO (Asociación Ecologista Costarricense) que habían ganado la lucha contra la fábrica de astillas en el Golfo Dulce. María del Mar, que era mi amiga, me llamaba y me decía “Ana, vieras que a mí también me están llamando y me están amenazando”, yo ya había escrito La loca de Gandoca. Eso me salvó de las primeras amenazas porque ahí iban nombres disfrazados como Tigre Frío, uno de los que más me amenazaban. Al meter esos nombres paré una primera oleada de amenazas. Cuando María del Mar me llamó, le dije “escribilo, hacé un artículo, que quede, que conste”.

Casi tres años después de esta entrevista, el pasado 14 de agosto del 2024, se realizó un foro organizado por la Escuela de Ciencias Sociales del Tecnológico de Costa Rica (TEC) en Cartago, contando con la presencia de esta prestigiosa autora (véase video del foro), sobre la historia y la situación actual que se vive en el Caribe Sur en la región de Gandoca. 

En este foro se hizo ver que, ante denuncias y advertencias hechas hace más de 30 años, intimidaciones y amenazas de muerte que la motivaron a escribir la famosa novela de "La loca de Gandoca" y a salir del país, pareciera que, ahora, Costa Rica cuenta con autoridades dispuestas a ignorarlas, a partir de un discurso oficial que distorsiona la realidad, interpreta de manera antojadiza la normativa aplicable, estigmatiza a los ecologistas, buscando azuzar los ánimos. Todo ello acompañado de una estrategia de comunicación desplegada en redes sociales extremadamente intensa.

Resulta oportuno indicar que esta misma tergiversación también se observó en un comunicado oficial de Costa Rica en relación con Crucitas, circulado el 15 de julio del 2024 (Nota 1): un reciente reportaje de un grupo de periodistas de investigación (véase artículo) confirma que la aseveración según la cual " los coligalleros se roban el oro para llevarselo a Nicaragua" es una leyenda más, de las numerosas que fomentan las actuales autoridades costarricenses y algunas de sus repetidoras locales (seguidores, pero también gremios profesionales y empresariales). Con respecto a los supuestos recursos que generaría para el Estado costarricense la extracción de oro, otro mito persistente fue puesto al descubierto, esta vez por dos talentosos periodistas del Semanario Universidad en el año 2020: véase artículo titulado "Costa Rica exporta millones de dólares en oro que pagan cero impuestos".

Haciendo a un lado las leyendas que circulan en Costa Rica alrededor del oro, y volviendo a Gandoca-Manzanillo, es evidente la indefensión en la que se encuentran muchas organizaciones ecologistas e integrantes de pequeñas comunidades que alzan la voz ante los atropellos a la legislación ambiental en el Caribe Sur. Desde este punto de vista, resulta oportuno señalar la persistente ausencia de Costa Rica como Estado parte al Acuerdo de Escazú, adoptado en marzo del 2018 (Nota 2).

En relación con el Poder Ejecutivo y a las intimidaciones de todo tipo que sufren quienes alzan la voz en defensa del ambiente en Gandoca-Manzanillo, la reciente comparecencia de la máxima autoridad en temas de ambiente ante una Comisión de la Asamblea Legislativa, el pasado 6 de agosto (véase video), denotó un desconocimiento bastante preocupante: véase el "a mí no me consta" que se oye de su parte al minuto 1:52:01 , y que repite en tres ocasiones.

Cabe precisar que unos días antes de esta comparecencia del titular de la cartera de ambiente en Costa Rica, la prensa se había hecho eco de amenazas (véase artículo del 2/08/2024 del Semanario Universidad y nota anterior del 29/07/2024). Un mes antes (finales de junio) otro ecologista del Caribe Sur había igualmente hecho públicas las amenazas recibidas en su contra (véase nota de Elpais.cr del 26/06/2024).

A modo de conclusión

Más allá de la selección limitada a medios de prensa a la que pareciera tener acceso el actual despacho del Ministro de Ambiente, revisar a la baja los límites de un sitio Ramsar exhibe un espectáculo raramente observado en la comunidad internacional. Esta insólita gestión pareciera encontrar resistencias internas dentro del mismo aparato estatal por parte de funcionarios valientes y comprometidos con el significado de un sitio inscrito en la lista Ramsar. 

Por otra parte, la gestión por desobediencia ante la justicia constitucional confirma la negativa de las actuales autoridades de cumplir a cabalidad con lo ordenado por la Sala Constitucional desde el 2019 en Gandoca-Manzanillo.

Se puede concluir que la normativa internacional no permite en modo alguno reducir los límites de un humedal inscrito como sitio Ramsar, al indicar en el precitado artículo 4 que una decisión de esta naturaleza solamente puede tomarse "por motivos urgentes de interés nacional". En ausencia de alguna situación de "urgencia" particularmente apremiante en este mes de setiembre del 2024, las autoridades nacionales deben cumplir con el mandato que ha asumido Costa Rica ante la comunidad internacional, al inscribir Gandoca-Manzanillo como sitio Ramsar: procediendo a consolidar las reglas de protección vigentes en este sitio, ampliar y reforzar su alcance, si fuese el caso, en vez de intentar revisarlas a la baja.

_____________________

Nota 1: Véase al respecto BOEGLIN N."Infinito Gold c. Costa Rica ante el CIADI: a más de un mes de un comunicado oficial de Costa Rica omitiendo la información oficial del CIADI ...", 19/08/2024, disponible aquí.

Nota 2: Remitimos a nuestros estimables lectores a BOEGLIN N., "Costa Rica y el Acuerdo de Escazú: historia de una persistente ausencia", Revista de Ciencias Ambientales (UNA, Heredia), Vol. 58 (2024), pp.1-11. Texto completo del artículo disponible aquí.

NdA: una versión más extensa de este texto está disponible en este enlace


¿Desea enviar sus artículos a este espacio?

Los artículos de opinión de Voz experta UCR tocan temas de coyuntura en textos de 6 000 a 8 000 caracteres con espacios. La persona autora debe estar activa en su respectiva unidad académica, facilitar su correo institucional y una línea de descripción de sus atestados. Los textos deben dirigirse al correo de la persona de la Sección de Prensa a cargo de cada unidad. En el siguiente enlace, puede consultar los correos electrónicos del personal en periodismo: https://odi.ucr.ac.cr/prensa.html

Nicolas Boeglin Naumovic
Profesor de Derecho Internacional Público de la Facultad de Derecho
nicolas.boepdadglinnaumovic  @ucrttox.ac.cr

Comentarios:

0
    Utilizar cuenta UCR
    *

    Artículos Similares:

    Regresar Arriba