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La UCR aprueba normativa contra la discriminación

Normativa fue aprobada por el Consejo Universitario el pasado 16 de abril, 2020
23 abr 2020Gestión UCR
Cualquier persona de la comunidad universitaria que tenga conocimiento de un acto discriminatorio tendrá la potestad de denunciarlo ante la Comisión Institucional Contra la Discriminación.

La Universidad de Costa Rica (UCR) cuenta ya con un reglamento para la prevención y sanción de toda forma de discriminación dentro de la comunidad universitaria.

La nueva normativa fue aprobada por el Consejo Universitario el pasado 16 de abril y permitirá cumplir con las políticas institucionales ya existentes en este campo, así como con la declaratoria emitida por el propio Órgano Colegiado, desde el 2011, para que esta casa de estudios superiores fuera un espacio libre de discriminación.

La iniciativa fue promovida y respaldada por diferentes representaciones estudiantiles ante el Consejo Universitario, con el propósito de erradicar las conductas discriminatorias y asegurar el cumplimiento de los derechos humanos en la UCR. El análisis estuvo a cargo de la Comisión de Administración Universitaria y Cultura Organizacional.

El reglamento, publicado en el Alcance a La Gaceta Universitaria 15-2020, tipifica las conductas y situaciones que se puedan presentar en la comunidad universitaria sobre esta materia, al tiempo que regula el procedimiento para atender las denuncias, labor que estará a cargo de la Comisión Institucional Contra la Discriminación (CICDI), la cual también deberá promover medidas preventivas al respecto.

Esta comisión estará conformada por representantes de cada uno de los estamentos de la comunidad universitaria (estudiantil, docente y administrativo), una persona en representación del Centro de Investigación en Estudios de la Mujer (CIEM) y otra de la Comisión Institucional en Materia de Discapacidad (CIMAD).

De acuerdo con el reglamento, será considerado como discriminación todo acto u omisión que lesione o interrumpa, negativamente, las oportunidades o el ejercicio de derechos humanos, al igual que cualquier tratamiento injusto que afecte el estado general de bienestar de un grupo o una persona, por origen étnico, nacionalidad, condición de salud, discapacidad, embarazo, estado civil, ciudadanía, cultura, condición migratoria, sexo, género o identidad de género, características genéticas, parentesco, edad, religión, orientación sexual, opinión o participación política, afiliación gremial, origen social y situación económica, o cualquier otra que socave el carácter y los propósitos de la Universidad de Costa Rica.

Como parte de las medidas preventivas para asegurar un entorno libre de discriminación, la normativa establece como responsabilidad de la Administración de la UCR velar porque en todo proceso de contratación se incluyan cláusulas que aludan a la obligatoriedad de acoger lo dispuesto en este reglamento.

Zaida Siles Rojas
Periodista Consejo Universitario
zsifxeyles  @cuqvkt.ucr.ac.cr
Etiquetas: discriminacion.

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