En el contexto de la aplicación de la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, el Núcleo de Asistencia Fiscal (NAF-UCR) de la Universidad de Costa Rica ha recibido consultas amplias y numerosas en distintos aspectos tributarios. En el siguiente listado se recopilan las consultas más frecuentes y sus respectivas respuestas.
El NAF-UCR es una iniciativa que ofrece colaboración y guía en materia impositiva y contabilidad a empresas y a personas de baja renta, el servicio se ofrece desde el 2013 gracias al compromiso de docentes y estudiantes avanzados de Contaduría Pública de la Escuela de Administración de Negocios y de la Facultad de Derecho.
1. ¿Cómo se llena el formulario de la Declaración de Impuestos del IVA, D-104-2, a partir del 1.º de julio del año 2019?
R/ Se instruye al contribuyente paso a paso conforme el instructivo que se encuentra en la página web (www.hacienda.go.cr, banner de avisos).
2. ¿Cada cuánto debe presentarse la declaración del IVA?
R/ La declaración deberá presentarse cada mes, aun cuando no se haya realizado venta de bienes o prestación de servicios, y se pagará por conectividad bancaria, por medio del sitio web de la entidad financiera autorizada, sus cajas o ventanillas.
3. ¿Cuál tarifa del IVA aplica a un nutricionista?
R/ De acuerdo con lo establecido por la Dirección General de Tributación, un nutricionista específicamente debe facturar por sus servicios un 4 % al ente o la persona que lo contrate, siempre que los servicios brindados sean propios de su profesión y se enmarquen en la definición de la normativa establecida en la Ley 9635 y su reglamento.
4. ¿Cuál tarifa debe aplicar un profesional que es contratado por una universidad privada para hacer y aplicar pruebas como, por ejemplo, exámenes de grado?
R/ Según el criterio de la Dirección de Tributación, el presente caso no es un servicio de docencia por lo que procede aplicar la tarifa plena del 13 %.
5. ¿Un contribuyente del Régimen Simplificado está obligado a emitir comprobantes electrónicos?
R/ El contribuyente del Régimen Simplificado no está obligado a emitir comprobante electrónico, voluntariamente puede inscribirse para que su cliente pueda respaldar las compras.
6. ¿Un contribuyente del Régimen Simplificado debe cobrar a su cliente el IVA?
R/ No conforme con la normativa establecida.
7. ¿Cómo debe declarar el IVA una persona que alquila un apartamento para uso habitacional y no tiene empleados?
R/ Si el monto del alquiler es menor o igual a ₵669 300 mensuales, no está gravado; pero siempre debe presentar la declaración del IVA.
8. ¿Este mismo contribuyente cómo debe tributar el impuesto sobre la renta?
R/ Debe tributar como renta de capital inmobiliario, en el formulario D-125. El cual se presenta mensual y solo tiene derecho a deducir el 15 % como gasto. La tarifa es de un 15 %.
9. ¿Un asalariado debe presentar la declaración del IVA?
R/ No, solo las personas físicas y jurídicas que vendan bienes de forma habitual o presten servicios en Costa Rica.
10. ¿Qué es una factura electrónica?
R/ Es el comprobante electrónico autorizado por la Administración Tributaria que respalda la venta de bienes y la prestación de servicios, el cual debe de ser generado y transmitido en formato electrónico en el mismo acto de la compraventa o prestación del servicio.
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