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Universidades públicas respetamos la Constitución Política

Presupuestos universitarios están regulados por los artículos 84 y 85 de la Constitución Política
20 dic 2019
Estudiantes de primer ingreso 2019
El Consejo Nacional de Rectores (CONARE) está integrado por las universidades públicas del país. Karla Richmond

El Consejo Nacional de Rectores (CONARE) ante la decisión de la Contraloría General de la República de no dar trámite a los presupuestos de las universidades estatales y de CONARE para el año 2020, aclara lo siguiente:

  1. Es deber fundamental del ente Contralor velar primordialmente por el cumplimiento del régimen constitucional que es aplicable a las instituciones de educación superior universitaria estatal, no solamente de las disposiciones legales y técnicas que forman parte del marco establecido en la Ley No. 9635.

  1. La Ley No. 9635 en su Título IV no menciona en ninguna de sus disposiciones en forma expresa a las instituciones de educación superior universitaria estatal. La aplicación de estas normas de rango legal se ha hecho mediante simple interpretación, que además resulta claramente inconstitucional. La Sala Constitucional ha definido en sus distintos pronunciamientos, dentro de los que resalta su voto 1313-93, la naturaleza particular y única que poseen las universidades públicas frente a todas las demás entidades e instituciones existentes en el sector público, razón por la cual las universidades públicas no pueden interpretarse incluidas dentro de ninguna de las categorías genéricas qué se refieren a las instituciones públicas, pues poseen naturaleza claramente distinta, con independencia constitucionalmente garantizada.

  1. Una de las características de la autonomía universitaria consagrada en el artículo 84 de la Constitución Política, según lo establecido también por la Sala Constitucional en la misma resolución 1313-93, implica que las universidades públicas se encuentran fuera del ámbito del Poder Ejecutivo y de su jerarquía, razón por la que sería violatorio de este régimen someter a nuestras universidades públicas a revisión de una instancia de segundo o tercer orden jerárquico de dicho Poder.

  1. No omitimos manifestar que ante la Sala Constitucional bajo expediente número 2019-011540-0007-CO, se encuentra pendiente de resolución una acción de inconstitucionalidad contra la Ley No. 9635 en cuanto se pretende aplicar a los presupuestos universitarios. Dicha autoridad judicial mediante resolución dictada el 5 de julio del 2019 ha ordenado suspender la aplicación de los artículos 5, 6, 11, 14. 17, 19 y 26 del Título IV de la Ley No.9635. Esta orden obliga en especial al ente Contralor a no aplicar dichos artículos en el presente caso, pues lo que resuelva en materia presupuestaria no posee recurso alguno convirtiéndolo así en acto final de procedimiento.

  1. Por lo anterior, la resolución de la Contraloría General de la República es coherente con el mandato de la Sala IV de abstenerse de aplicar la regla fiscal a los presupuestos universitarios, por lo tanto, al no poder aprobar el presupuesto 2020 sin esa regla, opta por archivar las gestiones relacionadas con los presupuestos universitarios 2020. Aún cuando el ente Contralor no lo haya dicho expresamente se vio obligado a respetar la orden emitida por la Sala Constitucional de no pronunciarse sobre los presupuestos universitarios hasta que se resuelva el recurso presentado por los rectores, con lo cual en el fondo la Contraloría tuvo que respetar la Constitución Política. 

  1. Esta decisión de la Contraloría General de la República no afecta el inicio normal de las operaciones de las universidades públicas para el próximo año, de manera que tanto las comunidades universitarias en general y la comunidad estudiantil universitaria pública en particular pueden estar seguros que recibirán todos los servicios académicos y estudiantiles en tiempo, forma y calidad. Todo ello se ha logrado en un marco de respeto a la Constitución Política de nuestro país y a la autonomía universitaria conferida por ella.

  1. Las universidades estatales y el CONARE cumplimos, por decisión propia, con la regla fiscal en los presupuestos para el año 2020, sometidos a aprobación de la Contraloría General de la República oportunamente, lo cual podía ser verificado sin ningún problema por la Contraloría.

  1. El Consejo Nacional de Rectores y las universidades públicas siempre han recurrido a las instancias correspondientes para que se respeten las disposiciones garantizadas en la Constitución Política, como es usual en un país de Derecho como el nuestro, para que prevalezca el respeto y cumplimiento a la Constitución sobre cualquier norma de menor rango.

 

Consejo Nacional de Rectores (CONARE)

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