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Se encuentra en consulta una normativa sobre el régimen disciplinario para autoridades

El cambio permitirá realizar procesos disciplinarios a miembros del Consejo Universitario o a la persona que ocupe la Rectoría de la Universidad de Costa Rica
28 ene 2019Gestión UCR
La discusión en el seno del Consejo Universitario dirigida a elaborar un régimen disciplinario se originó con la reforma del reglamento de este Órgano, aprobada en junio de 2017 (Foto: Andrea Jiménez)

Con el fin de llenar un vacío legal que imposibilita aplicar un procedimiento disciplinario a miembros del Consejo Universitario o a la persona que ocupe la Rectoría de la Universidad de Costa Rica (UCR), este Órgano Colegiado envió a consulta una propuesta reglamentaria mediante la cual se regularía el régimen disciplinario para estas autoridades universitarias.

Si bien es cierto la Universidad cuenta con un conjunto de normas que regulan su quehacer general, la materia disciplinaria institucional es aplicable únicamente al personal docente y administrativo, así como a la población estudiantil. En el caso de las autoridades superiores, al ser elegidas mediante un proceso electoral democrático, la normativa no contempla un superior jerárquico, requerido para poder ejercer el régimen disciplinario.

El reglamento propuesto es concordante con las reformas estatutarias que el Consejo Universitario publicó en primera consulta en el Alcance a La Gaceta Universitaria 20-2018, del 16 de octubre de ese año, y que tienen como propósito habilitar en el Estatuto Orgánico un órgano institucional para el ejercicio del poder disciplinario sobre esas autoridades superiores universitarias.

La propuesta reglamentaria consta de veintinueve artículos, distribuidos en siete capítulos, y está estructurado en dos partes; una contiene el procedimiento disciplinario, y la otra, la revocatoria del cargo. En cada una se establecen los órganos competentes y las faltas que motivan la aplicación de la sanción correspondiente.

Se propone que sea una comisión especial, integrada en el seno del Consejo Universitario la encargada de llevar a cabo la investigación, y el plenario, el órgano que emitirá la resolución final. Asimismo, contempla la eventual revocatoria del cargo de estas autoridades superiores, cuando cometan faltas muy graves, lo cual también es concordante con la reforma propuesta al Estatuto Orgánico, en lo relativo a la competencia de la Asamblea Plebiscitaria para hacer la revocatoria, y la del Consejo Universitario para hacer la declaratoria e informar al Tribunal Electoral Universitario.

El Reglamento del régimen disciplinario de las autoridades universitarias, fue publicado en el Alcance a La Gaceta Universitaria 32-2018, del pasado 18 de diciembre, y el Consejo Universitario dispuso como fecha límite para enviar observaciones el 26 de abril de 2019.

Zaida Siles Rojas
Periodista, Consejo Universitario
zsivxliles  @cuepal.ucr.ac.cr

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