Saltar Navegación
Voz Experta Diego Salas Mata y Silvia Salazar Fallas

Lic. Diego Salas Mata y Licda. Silvia Salazar Fallas, asesores legales de la Unidad de Gestión y Transferencia del Conocimiento para la Innovación (Proinnova) de la UCR.

Voz Experta

La importancia de regular la propiedad intelectual y el caso de la UCR

6 may 2024Sociedad

El pasado 26 de abril se celebró el Día Mundial de la Propiedad Intelectual, el cual fue instaurado por la Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI) desde el año 2000. Esta celebración surge de la necesidad de concientizar y sensibilizar a las personas sobre la importancia que tiene la propiedad intelectual (PI) y su adecuada gestión, así como la creatividad, la innovación y el reconocimiento a la contribución de las personas creadoras e inventoras de todo el mundo.

Una adecuada regulación de la PI es fundamental para salvaguardar los derechos de las personas creadoras e inventoras, toda vez que reconoce desde el punto de vista legal, el esfuerzo intelectual y económico en el desarrollo de estas creaciones e innovaciones y, a su vez, brinda seguridad jurídica, lo cual genera mayores estímulos para los diferentes procesos de innovación y la generación de nuevo conocimiento.

Aspectos generales sobre la PI

La OMPI indica que la propiedad intelectual “se refiere a las creaciones de la mente, como las invenciones, obras literarias, símbolos, nombres e imágenes utilizadas en el comercio”. Es un sistema de reconocimiento y protección de derechos, conformado por las leyes de cada nación y los tratados internacionales a los que los mismos países están adscritos para salvaguardar los derechos de las personas físicas y jurídicas respecto a sus activos intangibles de PI.

La propiedad intelectual es el mecanismo legal mediante el cual se reconoce a las personas autoras o creadoras de obras artísticas y conocimiento técnico-científico su aporte y se les da la facultad de disponer de esos bienes intangibles de la forma en que crean más conveniente. Cuando esa propiedad intelectual está protegida por la ley se denominan derechos de propiedad intelectual. Existen diversos tipos de derechos de propiedad intelectual y cada uno de esos derechos tiene particularidades, y regulaciones distintas, por lo que es un tema complejo y que requiere la diferenciación analítica.

Las dos grandes ramas de la PI

En todas sus formas, la PI permite proteger los nuevos desarrollos y nuevas obras; lo cual es vital en la sociedad del conocimiento para las personas y organizaciones que buscan proteger sus esfuerzos e inversiones. La primera gran diferenciación que hay que hacer es la división entre derechos de autor y propiedad industrial que son las dos grandes ramas en las que se divide tradicionalmente a la propiedad intelectual.

La propiedad industrial incluye las patentes de invención, los modelos de utilidad, los signos distintivos y dentro de estos las marcas y las indicaciones geográficas, los diseños industriales, entre otros y el derecho de autor, incluye la protección de obras literarias, artísticas y científicas tales como novelas, poemas, obras de teatro, películas, obras musicales, esculturas, dibujos, pinturas, fotografías, y diseños arquitectónicos, entre otro amplio abanico de obras como lo es el software.

Aunque parten de un concepto común existen grandes diferencias entre la protección y la regulación de los derechos de autor y la propiedad industrial. La principal diferencia estriba en que los derechos de autor no requieren de inscripción para su protección mientras que los derechos de propiedad industrial sí.

Los derechos de PI son derechos de ejercicio privado, o sea, la persona física o jurídica dueña del derecho de PI es quien debe de realizar las acciones necesarias para protegerlo, cuando se requiera.

El titular de un derecho de PI es quien establece su estrategia de uso, o sea, puede decidir explotarlo por su cuenta, licenciarlo o cederlo por una contraprestación, o ponerlo a disposición de terceros de forma gratuita. De ahí la importancia de la PI para una universidad pública. Al ser titular de un derecho de PI, este tipo de instituciones controlan el bien intangible y deciden, de acuerdo con su misión y objetivos públicos, cuál es la mejor manera de ponerlo al servicio de la sociedad.

La UCR como generadora de conocimiento y derechos de propiedad intelectual

La Universidad es una fuente rica en generación de conocimiento, ciencia y tecnología. Al ser una casa de enseñanza superior en donde convergen todas las áreas de conocimiento, la generación de creaciones e innovaciones es inevitable, necesaria y acorde con los principios universitarios de contribución al acervo científico y cultural del país y del mundo.

Dentro de las diferentes funciones que desempeña la Universidad, se pueden identificar una gran cantidad de generación de creaciones e innovaciones protegibles mediante el sistema de derechos de propiedad intelectual, a saber: la función académica docente, de investigación, cultural y de acción social.

Frente a esta realidad, tal y como señaló líneas atrás, es profundamente importante contar con una regulación adecuada, basada en la técnica y acorde con el ordenamiento jurídico nacional, los tratados internaciones vigentes en la materia y, por supuesto, el rodamiento jurídico universitario y los usos académicos.

Fines y propósitos de la protección de la PI en una universidad pública

En los países en vías de desarrollo como Costa Rica, las universidades públicas son los principales polos de investigación científica tanto básica como aplicada y fuente de tecnología. Por tanto, son espacios donde sus investigadores, docentes y estudiantes producen diariamente conocimiento y propiedad intelectual susceptibles de ser protegidos mediante los derechos de propiedad intelectual. Sin embargo, ¿para qué les interesaría dicha protección?

Es clara la misión fundamental que tiene la UCR de hacer aportes en el desarrollo del conocimiento y su divulgación, pero sobre todo en la puesta a disposición al público de esos conocimientos. Desde el Estatuto Orgánico existe un mandato de que su accionar logre las transformaciones que requiere la sociedad costarricense. La protección de la propiedad intelectual como un instrumento de estrategia sería una de esas formas.

La gestión y regulación de la PI en la UCR

Desde 1990, la Universidad cuenta con una unidad especializada en los temas de propiedad intelectual y transferencia de tecnología, la cual fue reorganizada en el 2005 y posteriormente en el 2021 mediante la Resolución de Rectoría R-141-2021 con la creación de la Dirección de Promoción de la Innovación y Vínculo para el Desarrollo (Diprovid), convirtiéndose la Unidad de Gestión y Transferencia del Conocimiento para la Innovación (Proinnova) en una unidad de esta nueva dirección, siempre adscrita a la Vicerrectoría de Investigación.

Así, Proinnova cumple el rol de ser oficina de propiedad intelectual y de licenciamiento de nuestra universidad y la representa en múltiples redes, comisiones y organizaciones mundiales, latinoamericanas, regionales y nacionales sobre propiedad intelectual y gestión de innovación universitarias. Por la naturaleza de las funciones de esta unidad, ella cuenta con un equipo de trabajo multidisciplinario de profesionales de diferentes áreas, altamente capacitados, que atienden los casos con potencial innovador que provienen de las seis áreas de conocimiento bajo las cuales está organizada la Universidad.

En virtud de la importancia que reviste el tema de PI para la Universidad, Proinnova ha fortalecido en últimos años su Departamento Legal y actualmente cuenta con tres abogados especialista en este campo, que como órgano técnico - legal especializado en propiedad intelectual, brinda asesoría y acompañamiento a todo el modelo de gestión y transferencia de conocimiento desarrollado por esta unidad, así como asesoría legal a toda la comunidad universitaria.

 

¿Desea enviar sus artículos a este espacio?

Los artículos de opinión de Voz experta UCR tocan temas de coyuntura en textos de 6 000 a 8 000 caracteres con espacios. La persona autora debe estar activa en su respectiva unidad académica, facilitar su correo institucional y una línea de descripción de sus atestados. Los textos deben dirigirse al correo de la persona de la Sección de Prensa a cargo de cada unidad. En el siguiente enlace, puede consultar los correos electrónicos del personal en periodismo: https://odi.ucr.ac.cr/prensa.html

Comentarios:

0
    Utilizar cuenta UCR
    *

    Artículos Similares:

    Regresar Arriba