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Conversatorio: El Acuerdo de Escazú: mitos y realidades

Ambientalistas claman por ratificación de derechos establecidos en el Acuerdo de Escazú

Este pacto entró a regir el 21 de abril pasado en 11 países de América Latina y el Caribe
24 may 2021Sociedad
Naturaleza
La protección del medio ambiente, además de acciones que lo promuevan, requiere de la aprobación de diferentes derechos de acceso a información, a la participación y a la justicia, según se establece en el Acuerdo de Escazú. Laura Rodríguez Rodríguez

El contar con un marco normativo vinculante para la región latinoamericana, incluida Costa Rica, donde se incluyan los derechos de participación en la toma de decisiones del ámbito ambiental y de desarrollo sostenible y que a la vez se proteja a quienes defienden aspectos de esta materia, es el clamor del sector ambiental del país.

No obstante, la ratificación, en la Asamblea Legislativa, del llamado Acuerdo de Escazú (Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información Ambiental, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Ameríca Latina y el Caribe) ha encontrado trabas, a pesar de que en un principio se aprobó en una primera votación por la totalidad de las personas legisladoras.

Así es como en el conversatorio ‘Acuerdo de Escazú: mitos y realidades’, organizado por la Unidad de Gestión Ambiental (UGA), de la Vicerrectoría de Administración (VRA), realizado el martes 18 de mayo anterior, vía Facebooklive, quienes participaron hacen un nuevo llamado a que los diputados y diputadas hagan conciencia y se informen sobre la importancia de ratificar este documento, que entró en vigencia el 21 de abril pasado en algunas de las naciones que participaron en su creación.

Sin embargo, este ha encontrado tropiezos en su camino hacia ser ratificado, en parte por un dictamen de la Sala Cuarta y de la Magistrada Nancy Hernández, que indica que dicho pacto podría ser inconstitucional y también por la oposición del sector empresarial, organizado en la Unión de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (UCCAEP), que considera que este acuerdo atenta contra la seguridad jurídica de las empresas y la reactivación económica del país, según lo indican en un comunicado de la organización.

Ante estas posiciones antagónicas, y con el fin de incluir en el conversatorio las diferentes posiciones, en referencia a la ratificación del Acuerdo de Escazú, la UGA le extendió una invitación a la dirigencia de la UCCAEP para que participaran y expusieran sus argumentos, según consta en el oficio UGA-128-2021, pero de parte de la entidad se indicó en un correo electrónico que no se participaría en esta actividad, manifestó Cinthya Hernández, gestora ambiental de la UGA.

Antecedentes

Los orígenes del Acuerdo de Escazú se inician desde la Cumbre sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, realizada en Río de Janeiro, Brasil, en 1992, donde se empezaron analizar temas ambientales a nivel regional, lo cual se retoma nuevamente, en 1994, en la Conferencia Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, explicó Edgar Gutiérrez Espeleta, ex ministro del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), en la administración del ex presidente Luis Guillermo Solís.

Luego, en el 2012 en la Conferencia de las Naciones Unidas para el Desarrollo Sostenible (Río +20), se retoma la Declaración sobre la aplicación del principio 10 de la Declaración que se había acordado en Río, 20 años atrás, en 1992.

Este principio busca “asegurar que toda persona tenga acceso a la información, participe en la toma de decisiones y acceda a la justicia, en asuntos ambientales, con el fin de garantizar el derecho a un medio ambiente sano y sostenible, de las generaciones presentes y futuras”, según lo indica la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL).

Es así, como según refiere Gutiérrez  en el 2014 los países que firmaron la Declaración del principio 10 en América Latina y el Caribe inician las negociaciones de un acuerdo regional, lo cual se extiende hasta el 4 de marzo del 2018, cuando 33 delegados de 24 países, dan por concluido este proceso de concertación y es cuando nace el conocido Acuerdo de Escazú.

Este pacto ya fue ratificado por 11 países que son: Antigua y Barbuda, Argentina, Bolivia, Ecuador, Guayana, México, Nicaragua, Panamá, Saint Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía y Uruguay.

De ahí que en febrero del 2020, el Acuerdo de Escazú se votó en la Asamblea Legislativa y fue aprobado en una primera instancia, pero no se logró su aprobación en una segunda votación, por los tropiezos que se enfrentaron por la posición de la Sala Cuarta y del sector empresarial, según estima Gutiérrez.

El ex ministro de Ambiente y Energía  no concibe que dicho pacto no se apruebe en la Asamblea Legislativa, pues es un ‘pacto de mínimos’, cuyos planteamientos ya están incluidos en la legislación costarricense, por ejemplo, explica que en el Artículo 6 de la Ley orgánica del ambiente, de 1995, se establece la participación activa y organizada de los habitantes en la toma de decisiones y acciones tendientes a proteger el ambiente.

Además, de en 1998 la Ley de Biodiversidad establece en su capítulo 9 la participación popular en defensa y protección de la biodiversidad. E hizo referencia al Artículo 9 de la Constitución Política que dice que el gobierno es “popular, representativo, participativo, alternativo y responsable. Lo ejercen el pueblo y tres Poderes distintos e independientes entre sí. El Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial. Ninguno de los Poderes puede delegar el ejercicio de funciones que le son propias”, por lo que considera que el derecho a la participación es fundamental y está instituido en la Carta magna costarricense.

Pero para Gutiérrez no se justifica que se afirme que no hace falta ratificar el Acuerdo de Escazú, porque precisamente ya el país tiene legislación vigente en la materia, pues indica que la idea es que se unifique la normativa entre las naciones participantes de América Latina.

Derechos fundamentales

Irene Murillo, coordinadora del Centro de  Derecho y Recursos Naturales (Cedarena), otra de las expositoras del conversatorio sobre el Acuerdo de Escazú, explicó que este no es una ocurrencia, sino que va más allá porque lo que hace es generar un instrumento regional vinculante, en relación con los derechos consagrados en el principio 10 de la Declaración de Río, que busca un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

Al respecto, se refirió a los tres derechos de acceso que se establecen en el pacto mencionado, los cuales son: el de acceso a la información ambiental, que sea entendible y que se entregue en formato accesible; a la participación en la toma de decisiones; y a la justicia.

Destaca  además, que dicho pacto incluye un tema muy importante para la protección de las personas defensoras del medio ambiente, quienes en muchas ocasiones son vulnerables durante manifestaciones o expresiones sobre diferentes temas relativos a la protección ambiental y que este aspecto específico no se encuentra dentro de la legislación nacional.

“No existe una consideración especial de las posibles amenazas a la vida, a la integridad física ya a las posibilidades de hacer su trabajo, de las personas defensoras”, destacó Murillo.

Agregó que el Acuerdo de Escazú tiene un enfoque de progresividad, de fortalecimiento de capacidades y cooperación críticas.

En contra

Nicolás Boeglin, profesor en Derecho internacional público, quien ha estado involucrado en el proceso del Acuerdo de Escazú,  hace una fuerte crítica al sector empresarial, no solo nacional, sino internacional, que se ha expresado en contra de la firma y ratificación de este pacto, quien a su criterio ha creado toda una campaña de desinformación sobre los alcances de este pacto.

Uno de los aspectos que menciona es que se dice que el Acuerdo de Escazú podría ahuyentar la inversión extranjera, pero aclara que Europa cuenta con un pacto similar que es  el Convenio de Aahrus, que también se refiere al acceso a la información y participación del público en la toma de decisiones en temas ambientales  y no han enfrentado dicho inconveniente.

Y considera que en el continente europeo  no se ven escándalos ambientales como los que ocurren una y otra vez en América latina, lo cual atribuye a que “posiblemente hay un instrumento que permite cierto grado de participación ciudadana, cierto acceso a información en materia ambiental y por supuesto una justicia ambiental mucho más afinada y mucho más efectiva”, dijo Boeglin.

Si no se ratifica el Acuerdo de Escazú, para Boeglin Costa Rica se está desdiciendo ante el mundo “en la medida en que todo costarricense lleva en el pecho el hecho de que es un país de derechos humanos, que es un país en que se respeta el ambiente”, manifestó.

Este expositor hizo también una crítica al gobierno al considerar que es muy penoso que en el poder ejecutivo no haya visión estratégica sobre cuáles son los valores y cuál es el reconocimiento que hay que mantener vivo a nivel internacional, lo que a su criterio afectará la imagen del país a nivel internacional, en el tema ambiental.

Como cierre del Conversatorio Cinthya Hernández, en su calidad de moderadora, expresó que el Acuerdo de Escazú no viene a pasar por encima de la legislación nacional y que “lejos de crear caos, la esencia del Acuerdo de Escazú es ser un instrumento poderoso para prevenir conflictos, logrando que las decisiones se adopten de manera informada, participativa e inclusiva y mejora la redición de cuentas, la transparencia y la buena gobernanza, para avanzar hacia una mayor protección del medio ambiente y más derechos ambientales, en los diferentes planos, el en plano nacional y en el plano regional y actuar de manera coordinada con todos los demás países”.

Asimismo, hizo un llamado para que las personas continúen informándose  sobre el tema.

 

Nidia Burgos Quirós
Periodista de la Vicerrectoría de Administración

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