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La UCR concluyó el primer proceso de mediación con exestudiantes de Marina Civil

La Universidad concilió con 37 personas. La mediación estuvo a cargo del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica
23 ene 2020Sedes Regionales
Foto 1 Carrera Marina Civil UCR Caribe

La carrera de Marina Civil se abrió en el año 2012 en la Sede del Caribe de la UCR. Foto: Laura Rodríguez Rodríguez.

En enero del 2020, la Universidad de Costa Rica (UCR) concluyó el primer proceso de mediación, con fines conciliatorios, con un grupo de exestudiantes de la carrera de Licenciatura en Marina Civil.

El proceso, que inició la primera semana de diciembre, incluyó a 37 personas que fueron invitadas por la Universidad para alcanzar acuerdos. De ellas, 32 son estudiantes que optaron voluntariamente por trasladarse a otra carrera dentro de la Institución y cinco que lo hicieron a la Universidad Marítima Internacional de Panamá (UMIP), todo esto durante el año 2019. En ambos casos, se trata de personas que ya no son estudiantes activos de la carrera.

El proceso de mediación fue asistido por gente experta del Centro de Arbitraje y Mediación (CAM), un órgano creado en el 2011 y adscrito al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica. Es importante aclarar que no se trata de una indemnización, es un proceso de mediación en el que ambas partes se sientan a dialogar y conciliar acuerdos mutuamente satisfactorios.

Para el Dr. Fernando García Santamaría, vicerrector de Docencia a. i., concluir este proceso es un paso importante para la Universidad, ya que es una acción afirmativa del compromiso de la UCR con el cumplimiento del objetivo principal: el beneficio de la comunidad estudiantil que se siente afectada.

“Con esto, la UCR ofreció una salida mutuamente satisfactoria en el corto plazo, para que la población estudiantil pueda recuperar parte de la confianza depositada en Marina Civil y continúe con su vida y su proceso formativo sin más dilación, al tiempo que la Universidad hace los ajustes necesarios”, explicó García.

Las actividades de conciliación iniciaron con una charla privada el 6 de diciembre en las instalaciones del Colegio de Abogadas y Abogados de Costa Rica, lugar que albergó la totalidad del proceso. En esta actividad se le explicó, a las 37 personas invitadas a participar, acerca de las expectativas y condiciones de la conciliación.

La UCR  no se referirá a ningún detalle de los acuerdos de cada conciliación. Esta decisión se ampara en el compromiso de confidencialidad que el proceso exige a las partes y la garantía de respeto a la información personal de las partes involucradas (véase el recuadro). Cada caso fue visto de forma individual entre la persona afectada y el representante legal que la Universidad ha designado para tal fin.

Según el Dr. García, la conciliación no excluye la continuidad de otros procesos de investigación dirigidos a sentar las responsabilidades relacionadas con la carrera. No obstante, la UCR desea aclarar que esos procesos son de otra naturaleza y por lo tanto se realizarán en otros ámbitos, como el administrativo y el judicial.

Para la comunidad estudiantil que continúa activa en la carrera Marina Civil, la Universidad está trabajando en otras alternativas como la realización de cursos en la UMIP, en Panamá, que les permitan avanzar en el currículum académico necesario para graduarse. Sobre estas acciones se dará más información cuando el acuerdo con dicha universidad panameña esté en firme. De momento, no se darán declaraciones adicionales sobre el tema.

Sobre las conciliaciones:

No es posible proporcionar información detallada sobre los resultados de estos acuerdos, debido a impedimentos legales en cumplimiento de la Ley 7727 Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social y la Ley 8968 Protección de la Persona Frente al Tratamiento de sus Datos Personales. Adicionalmente, la confidencialidad y la privacidad de los procedimientos responde a lo establecido en el artículo 17 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del CAM y el artículo 16 del Reglamento de Mediación del CAM, así conocidos y aceptados por las partes al iniciar los procesos. Se remite la Resolución CAM-011-2020 que amplía en el carácter confidencial de los procesos realizados.

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