Proyecto de ley buscará igualar ante la Ley a miembros de Supremos Poderes
Docentes de la UCR avalan cambios propuestos por la Corte Suprema. El texto pasaría a debate en la Asamblea Legislativa
Los y las docentes de la Maestría en Ciencias Penales de la Universidad de Costa Rica se pronunciaron positivamente, el pasado 9 de septiembre, sobre el proyecto de ley que se redacta en la Corte Suprema de Justicia con el fin de modificar la forma en que se juzga penalmente a los integrantes de los Supremos Poderes. Una vez finiquitado el texto en Corte Plena se enviaría a la Asamblea Legislativa para su discusión.
La comunidad académica del posgrado no encontró en el texto
omisiones o errores significativos, ni afectaciones a derechos
constitucionales o derechos humanos de las partes, aunque sí
efectuaron algunas recomendaciones sobre aspectos meramente
técnicos, como el que se regule el tema de la interposición de la
acción civil y, cuando se pretenda asignar a un magistrado de la
Sala Tercera la investigación preliminar, se indique el mecanismo
para efectuar esa designación, lo que ahora no se contempla.
Asimismo, que se elimine la posibilidad de delegación del juicio u
otros actos procesales en un fiscal de menor rango que quien
desempeñe la Fiscalía General, todo lo cual explicaron en una nota
dirigida al presidente de la Corte Suprema de Justicia, Dr.
Fernando Cruz Castro.
El texto busca en principio que cuando los miembros de los
Supremos Poderes sean juzgados, reciban un trato igualitario
ante la ley, pues no se justifica que, además de la protección
constitucional sobre su inmunidad, se les trate diferente.
El proyecto de ley originalmente redactado por el magistrado
suplente Ronald Cortés Coto y por la magistrada suplente Rosibel
López Madrigal, pretende efectuar modificaciones al procedimiento
que rige desde 1998 para juzgar a los integrantes de los Supremos
Poderes del Estado (magistrados/as, ministros/as, diputados/as,
Presidente o Vicepresidentes, entre otros) cuando a estos se
les acuse de la comisión de un delito y se mantengan en el
ejercicio de sus cargos y que se encuentra estipulado en los
artículos 391 a 401 del Código Procesal Penal.
En Costa Rica los miembros de los Supremos Poderes, por
disponerlo así la Constitución Política, tienen inmunidad, es
decir, un fuero especial de protección que obliga a que la Asamblea
Legislativa autorice, por una particular mayoría, que se les
juzgue, pues, caso contrario, la simple denuncia penal podría
obstaculizar sus funciones. En la reforma lo anterior
permanece igual, pero sí modificaría el Código
Procesal Penal o una ley de menor rango, que busca modificar
lo que sucede después del levantamiento de esa inmunidad pues, en
la actualidad, una vez autorizado el levantamiento, el juicio lo
harían magistrados y magistradas de la Sala Tercera y la apelación
y casación la conocerían el resto de magistrados y magistradas de
Corte Plena.
El cambio que se pretende es que el juicio lo hagan tribunales
comunes (tres jueces ordinarios elegidos por carrera judicial y no
los magistrados nombrados por la Asamblea Legislativa) y la
apelación y casación sigan el rumbo procesal de las otras causas
(Tribunal de Apelación y Sala Tercera) pues, en principio, en una
democracia todas las personas son iguales ante la ley, y no se
justifica que, además de la protección constitucional, se les trate
diferente.
La máster Rosaura Chinchilla, coordinadora de la Maestría en
Ciencias Penales explicó que la reforma fortalece el Estado de
Derecho, máxime luego de los acontecimientos sufridos por el Poder
Judicial hace un par de años, que culminaron con la modificación
sustancial en la composición de los órganos penales de mayor rango
del país y dejaron al descubierto la debilidad institucional en el
juzgamiento de este funcionariado, al darse una confusión de planos
y funciones entre quien nombra (diputados) y quien es nombrado
(magistrados) pues luego estos son los jueces de aquellos, lo que
puede generar tratamientos indebidos y afectar la legitimidad y
credibilidad del sistema, al cuestionarse la imparcialidad de los
jueces y el sistema de pesos y contrapesos. Además, con la reforma
que se hizo a la apelación de sentencia penal en 2011-2012 se obvió
que, al introducirse una etapa más en el proceso podría no contarse
con suficientes magistrados suplentes para conocer las casaciones,
dijo la citada profesora.
El pronunciamiento está firmado por la gran mayoría de los
docentes de ese programa de estudios, entre quienes figuran el
profesor emérito Dr. Francisco Castillo, los catedráticos Dr.
Javier Llobet, Álvaro Burgos, Gustavo Chan, Alfredo Chirino y Erick
Gatgens, la coordinadora de ese plan de estudios Rosaura
Chinchilla; las profesoras Dra. Patricia Vargas y Msc. Rosaura
García y los profesores Dr. Carlos Tiffer, Dr. Manuel Salas, Dr.
Franz Vega y Dr. Roy Murillo.

