Allison

M.Sc. Allison Quesada Agüero

Por M. Sc. Allison Quesada Agüero, docente e investigadora en Administración Pública

Voz experta: Acceso a la información pública en Costa Rica

Un paso más hacia la transparencia
11 ago 2025Sociedad

Costa Rica ha sido pionera en el impulso del Gobierno Abierto, siendo una de las primeras naciones en unirse a la Alianza para el Gobierno Abierto (OGP por sus siglas en inglés) desde el 2012. Esta es iniciativa internacional que busca fortalecer la transparencia, la participación ciudadana y la rendición de cuentas en los países miembros mediante compromisos concretos diseñados junto a la sociedad civil. Pertenecer a esta iniciativa es importante porque mejora la confianza en las instituciones, ayuda a prevenir la corrupción y promueve políticas públicas más abiertas e innovadoras. La adhesión de Costa Rica ha significado un compromiso con los principios de transparencia, rendición de cuentas y participación ciudadana, pilares fundamentales para una democracia más inclusiva.

En el caso costarricense, este esfuerzo se materializa en la creación de cinco Planes de Acción. En sus inicios, estos compromisos recaían únicamente en el Poder Ejecutivo; pero a partir del cuarto plan, se amplió la participación a los tres poderes de la República (Ejecutivo, Legislativo y Judicial). Esto marcó un punto de inflexión, evolucionando el concepto de Gobierno Abierto hacia un Estado Abierto, lo que refuerza el compromiso institucional.

Sin embargo, uno de los debates recurrentes en esta materia es la necesidad de contar con un marco legal claro y legítimo para garantizar el acceso a la información pública. Hasta hace poco, este derecho se sustentaba en el Artículo 30 de la Constitución Política, que resguarda la posibilidad de toda persona a acceder a los documentos públicos. Aunque este artículo ha sido una gran previsión jurídica, considerando su antigüedad, su interpretación ha generado múltiples desafíos en cuanto a su alcance y aplicación, evidenciando la necesidad de un marco normativo más robusto.

El pasado 1 de noviembre de 2024, Costa Rica dio un paso trascendental al aprobar la Ley Marco de Acceso a la Información Pública (N° 10554). Este instrumento jurídico busca garantizar “el cumplimiento efectivo del derecho humano de acceso a la información pública, estableciendo principios como la proactividad, oportunidad, accesibilidad y gratuidad en la entrega de datos” (Artículo 1). Siendo la premisa que toda información en dominio de la administración pública es pública, y la información qué es considera sensible se debe justificar el porqué.  

¿Qué cambia con esta nueva ley?

La Ley N° 10554 introduce cambios significativos para fortalecer la transparencia y garantizar el acceso efectivo a la información pública. Algunos puntos clave incluyen:

🔹 Alcance amplio: La ley no solo aplica a instituciones estatales, sino también a organizaciones privadas que manejen información de interés público. Por ejemplo, organizaciones que manejen fideicomisos con fondos públicos y organizaciones no gubernamentales que manejen recursos públicos. Esto tiene como fin fomentar la trazabilidad en la presupuestación y ejecución de los recursos. 

🔹 Solicitudes de información: la Ley en su artículo 16 indica el mínimo de información que las instituciones deben tener disponible para consulta de las personas en al menos su sitio web entre las cuáles se encuentra: directorio institucional, servicios que brinda, procesos de reclutamiento y selección, índice salarial vigente, mecanismos y resultados del proceso de evaluación de desempeño, herramientas de planificación y control presupuestaria, entre otros. Más allá de esta información mínima cualquier persona puede solicitar información adicional de lo que desee, siempre y cuando esta no sea justificada como sensible con sus respectivas razones, y todos los funcionarios públicos están obligados a acoger la solicitud y facilitarla dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles.

🔹 Uso de tecnología: Se establecen mecanismos digitales para el acceso a la información y se exige que las instituciones mantengan sitios web actualizados con información mínima obligatoria.

🔹 Coordinación institucional: Se fomenta la interoperabilidad entre bases de datos para agilizar la consulta de información de manera más intuitiva, desde sitios web con una arquitectura homogénea hasta bases de datos interconectadas (dentro de la misma institución, compartir compentencias). Por ejemplo, si la información solicitada implica la articulación entre instituciones públicas, ministerio-gobierno local-empresa pública, es responsabilidad de estas coordinar las acciones necesarias para facilitar la información. Es decir, la persona solicitante no deberá gestionar solicitudes individuales o gestar dicha coordinación, será responsabilidad de la administración pública. 

A pesar de estos avances, la ley deja algunas lagunas, especialmente en lo que respecta a la definición de información sensible y confidencial. Estos términos suelen usarse indistintamente, pero tienen implicaciones diferentes. El Artículo 5 de la ley menciona que las instituciones públicas en competencia deben separar la información de acceso público de aquella considerada sensible o confidencial, pero deja abierta la interpretación sobre qué datos pueden ser restringidos y bajo qué criterios.

Ahora, la gran expectativa se centra en la elaboración del reglamento de la ley, cuyo plazo de redacción es de seis meses, el cual ya venció, responsabilidad otorgada al Poder Ejecutivo. Este deberá definir con mayor precisión los procedimientos de acceso a la información, las responsabilidades institucionales y los mecanismos para garantizar su cumplimiento.

Sin duda, la aprobación de esta ley representa un avance significativo en la consolidación de un Estado más transparente y accesible, pero su impacto dependerá de cómo se implemente en la práctica. Queda por ver si logra realmente reducir las barreras burocráticas y fortalecer la confianza ciudadana en las instituciones.


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M.Sc. Allison Quesada Agüero
Docente e investigadora en Administración Pública
allison.quesada@ucr.ac.cr