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Dr. Henning Jensen Pennington. Laura Rodríguez Rodríguez
Por Henning Jensen Pennington

Voz experta: ¿Qué es la autonomía universitaria?

15 may 2019Vida UCR

En muchas sociedades, la academia ha sido protegida, incluso en la Antigüedad clásica y en culturas no occidentales. En épocas más modernas, la autonomía universitaria fue enunciada, a principios del siglo XIX, por Guillermo de Humboldt, cuando, junto con otras personas, fundó la Universidad de Berlín.

Decía este erudito alemán que la sociedad se beneficiaría más de la universidad si ella fuera libre y pudiera desempeñarse sin la injerencia del Estado, la religión o la política.

El desarrollo del conocimiento, el avance científico y tecnológico, así como la innovación social y cultural requieren de condiciones de libertad para otorgarle a la sociedad sus mejores propuestas.

En América Latina, estas ideas cobraron vida gracias a la Reforma de Córdoba de 1918 y, años más tarde, la autonomía universitaria ingresó a la legislación costarricense mediante el artículo 4 de la Ley 362, publicada en la Gaceta Oficial del jueves 29 de agosto de 1940.

ADEMÁS: Por José María Gutiérrez  Voz experta: Las universidades públicas son instituciones esenciales

Esta ley, con algunas modificaciones, fue reconocida por la Constitución Política de 1949, la cual rige hasta nuestros días.

El artículo 84 de nuestra Carta Magna reza así: “La Universidad de Costa Rica es una institución de cultura superior que goza de independencia para el desempeño de sus funciones y de plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, así como para darse su organización y gobierno propios...”.

Como puede verse, la autonomía universitaria se encuentra claramente definida. Les otorga a las universidades públicas estatales independencia en el desempeño de sus funciones y plena capacidad jurídica. Además, les garantiza el derecho a organizarse, administrarse y regularse a sí mismas, sin interferencias de grupos o sectores externos, así como a emplear sus recursos de acuerdo con sus propias decisiones, pero dentro del marco establecido por la misma Constitución Política y los límites que señalan las leyes pertinentes.

 

La autonomía universitaria se estableció como un rasgo distintivo de países libres y democráticos, precisamente para desarrollar la educación superior pública y hacerla consonante con las necesidades de la sociedad como un todo.

Las universidades públicas estatales han sido así la columna vertebral del progreso social, económico y cultural de muchos países del mundo, siempre y cuando hayan mantenido su libertad frente a intereses particulares de sectores económicos y políticos.

En nuestro país, la Sala Constitucional se ha manifestado sobre los alcances de la autonomía universitaria.

La sentencia de la Sala Constitucional No. 1993-01313, del 26 de marzo de 1993, es clara al manifestar que “las universidades del Estado están dotadas de independencia para el desempeño de sus funciones y de plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, así como para darse su organización y gobierno propios.

Esa autonomía, que ha sido clasificada como especial, es completa y, por esto, distinta de la del resto de los entes descentralizados en nuestro ordenamiento jurídico”.

Nótese que la Sala Constitucional subraya dos aspectos fundamentales: la autonomía es especial y es diferente a la de las instituciones descentralizadas, léase instituciones autónomas, a las cuales nuestra Constitución Política les dedica un capítulo aparte, a saber el título XIV.

La Sala Constitucional también manifestó que la Universidad, como centro de pensamiento libre, debe y tiene que estar exenta de presiones o medidas de cualquier naturaleza que tiendan a impedirle cumplir sus fines y propósitos.

La autonomía universitaria no significa que las universidades estatales sean “repúblicas independientes”, ni un estado dentro de otro estado.

La autonomía no significa aislamiento ni actuar al margen del ordenamiento jurídico; al contrario, es una forma de vínculo socialmente responsable y comprometido con el bien común de toda la sociedad.


 


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Henning Jensen Pennington
Rector de la Universidad de Costa Rica y Presidente del Consejo Nacional de Rectores (Conare)

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