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UCR presenta recurso contra Restauración Nacional por violación a los derechos a la libertad de expresión y acceso a la información

14 mar 2018Gestión UCR

Este miércoles 13 de marzo, Henning Jensen, rector de la UCR; Giselle Boza, directora del Programa de la Libertad de Expresión Derecho a la Información y Opinión Pública (Proledi-UCR) y Javier Córdoba, Marlon Mora y Sylvia Carbonell, periodistas representantes de los tres medios universitarios presentaron un recurso de amparo electoral en contra del Partido Restauración Nacional (PRN) y su candidato presidencial el Sr. Fabricio Alvarado Muñoz por violación a los derechos a la libertad de expresión y acceso a la información de interés público.

Consulte el texto completo del recurso de amparo presentado.

Girasol Estudios Generales
El recurso se presentó este miércoles 13 de marzo ante el Tribunal Supremo de Elecciones.

Esto debido a la cancelación del Sr. Alvarado Muñoz al debate organizado por la Universidad, que fue declarado de interés institucional, para el viernes 16 de marzo, al que había confirmado su asistencia en días anteriores.

En el amparo se indica que preocupa la reiterada actitud del candidato del PRN, quien no aceptó ninguna invitación para exponer su plan de gobierno a estudiantes y docentes de las universidades públicas, actitud que representa una violación al derecho de acceso a la información de la ciudadanía. Además que se violenta la libertad de prensa de los medios de comunicación universitarios ya que la cancelación del debate lesiona su derecho a informar.

ACTUALIZACIÓN: La tarde del 15 de marzo del 2018 se recibió la notificación de la resolución del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), en el cual se rechaza por el fondo el recurso electoral presentado por la Universidad de Costa Rica.

La directora del Proledi, Giselle Boza reaccionó señalando que la Institución respeta la resolución sin embargo, agregó que el órgano debe profundizar más en los alcances del derecho a la información de la ciudadanía, en el contexto de un proceso electoral, el cual es un principio fundamental de la democracia.

La resolución del TSE advierte que “El Estado no puede obligar –a quienes se postulan a un cargo de elección popular– a concurrir a debates (o actividades de similar naturaleza), pues ello supone una extralimitación en las competencias de organización, fiscalización y vigilancia de los procesos comiciales, pero sí es posible que la ciudadanía juzgue, y tome en cuenta para la decisión de su voto, la actitud de los diversos actores partidarios frente a invitaciones para dar a conocer sus propuestas”.

Continúa señalando "Ciertamente, parte de la ciudadanía activa en democracia consiste en que los habitantes cuestionen a los candidatos a los puestos de elección popular acerca de sus ideas y posturas frente a temas de interés. Resulta plenamente legítimo que cualquier elector –o grupo de estos– genere espacios para preguntar a los aspirantes a un cargo público si están de acuerdo con una determinada medida, si apoyarán o adversarán políticas públicas en un cierto sentido y de dónde conseguirán los fondos para materializar sus planes de gobierno, entre otras posibles interrogantes".

Andrea Marín Castro
Andrea Marín Castro
Periodista Oficina de Divulgación e Información
andrea.manqoqrincastro  @ucrjygp.ac.cr

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